¿Cómo un niño nacido en el extranjero puede obtener la ciudadanía estadounidense?
La Embajada de Estados Unidos en República Dominicana recordó este lunes cuáles son los requisitos para que un niño nacido fuera del territorio estadounidense pueda adquirir la ciudadanía de su país al nacer, entre ellos el tiempo mínimo de residencia que debe acreditar el padre o la madre ciudadano.
En una nueva entrega de la columna “Pregúntale al cónsul“, la legación diplomática explicó que, en la mayoría de los casos, el padre o la madre ciudadano debe demostrar que residió físicamente en Estados Unidos o en uno de sus territorios durante al menos cinco años antes del nacimiento del menor.
Además, de ese período, al menos dos años deben haberse cumplido después de que el progenitor alcanzara los 14 años de edad.
La embajada precisó que, si se cumplen esos requisitos, los padres pueden solicitar un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés), documento emitido por el Departamento de Estado que certifica que el menor adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer.
El CRBA funciona como el acta de nacimiento estadounidense de los niños nacidos fuera del país y constituye la principal prueba de ciudadanía. Con este documento, el menor puede solicitar un pasaporte estadounidense, acceder a servicios consulares y ejercer los derechos que corresponden a un ciudadano de Estados Unidos.
La representación diplomática indicó que el trámite también puede realizarse después del nacimiento, siempre que la solicitud se presente antes de que el hijo cumpla los 18 años.
Requisitos para el trámite
Para solicitar el CRBA o un pasaporte estadounidense, los padres deben presentar los documentos originales durante la entrevista consular. La embajada advirtió que la falta de documentación puede retrasar el proceso o requerir una nueva cita.
Los oficiales consulares también pueden solicitar pruebas adicionales, incluido un examen de ADN, para confirmar el vínculo biológico, cuando sea necesario.
Asimismo, recordó que las tarifas del pasaporte y del Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero no son reembolsables, incluso si la solicitud es denegada o debe repetirse.
Cómo iniciar la solicitud
El proceso comienza con el registro en la plataforma MyTravelGov, donde también se realiza el pago de 100 dólares por el CRBA.
Entre los documentos requeridos figuran el acta de nacimiento del menor, las identificaciones de ambos padres, la prueba de ciudadanía estadounidense del progenitor, evidencias de presencia física en Estados Unidos —como pasaportes anteriores, declaraciones de impuestos, registros escolares, documentos militares o estados de cuenta del Seguro Social—, además de pruebas del embarazo, del parentesco y, cuando corresponda, certificados de matrimonio o divorcio.
Una vez completado el registro, la entrevista debe solicitarse por correo electrónico a la Embajada de Estados Unidos en Santo Domingo. Según la misión diplomática, el tiempo estimado de respuesta para este trámite es de hasta siete días hábiles.
Fuente: Diario Libre