Falta de pruebas favorece a 19 imputados en grandes casos de corrupción
La insuficiencia de pruebas ha sido el denominador común en las decisiones a favor de 19 imputados en tres de los cuatro casos de corrupción presentados por el Ministerio Público contra exfuncionarios y allegados a la gestión del expresidente Danilo Medina.
Desde 2021, los tribunales han descargado imputados, dictado autos de no ha lugar o excluido a personas de procesos penales en los expedientes, al concluir que las pruebas presentadas por el órgano acusador no eran suficientes para sostener los cargos o justificar la apertura de un juicio de fondo.
Estos procesos penales son los vinculados a Alexis Medina Sánchez, Jean Alain Rodríguez y Donald Guerrero Ortiz.
En los tres casos, los jueces concluyeron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no eran suficientes para sostener las acusaciones contra varios imputados.
El único proceso en el que no se han producido decisiones similares es el seguido contra el exjefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), mayor general Adán Cáceres Silvestre, que aún no cuenta con una sentencia definitiva.
El más reciente
El caso más reciente ocurrió a finales de la semana pasada, cuando la jueza Altagracia Ramírez dictó autos de no ha lugar a favor del exministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta; el excandidato presidencial y exministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo; Daniel Guerrero Mena, Marcial Reyes y Rosa Arias.
La magistrada concluyó que las pruebas presentadas durante la fase preliminar no permitían sustentar las imputaciones formuladas por el Ministerio Público contra estas personas ni justificaban la apertura de un juicio de fondo.
Respecto a Castillo, la jueza sostuvo que el órgano acusador no logró establecer la conexión entre los supuestos fondos ilícitos obtenidos por la alegada estructura criminal y los recursos utilizados en su campaña presidencial de 2020.
La resolución indica que el Ministerio Público no pudo demostrar con suficiente sustento la relación entre los presuntos fondos ilícitos y los depósitos o donaciones recibidos durante la campaña, ni presentar elementos que permitieran diferenciar esos recursos de aportes obtenidos de manera lícita.
En cuanto a José Ramón Peralta, la jueza concluyó que no existían suficientes elementos de prueba para vincularlo con las sumas de dinero que, según la acusación, fueron movilizadas por la estructura investigada. La decisión señala que el Ministerio Público no logró relacionar mediante pruebas concretas su participación o conexión con esos recursos, por lo que la acusación carecía del nivel de sustento requerido para enviarlo a juicio.
Alexis Medina
El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional descargó a 13 de los acusados en el proceso que tuvo como principal imputado a Alexis Medina Sánchez.
Entre los favorecidos figuran el expresidente del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), Fernando Rosa, y Carmen Magalys Medina Sánchez, hermana de Alexis.
Al explicar su decisión, las juezas concluyeron que, aunque se verificaron irregularidades administrativas y contrataciones cuestionadas, el Ministerio Público no presentó pruebas suficientes para establecer la responsabilidad penal de varios de los imputados ni para demostrar los delitos de enriquecimiento ilícito o lavado de activos que les fueron atribuidos.
En el caso de Fernando Rosa, el tribunal concluyó que las evidencias presentadas no demostraban que ejerciera influencia o presión para favorecer a empresas vinculadas al entramado investigado. Respecto a Carmen Magalys Medina, las juezas determinaron que tampoco existían pruebas suficientes para establecer responsabilidad penal por los hechos imputados.
Jean Alain
En junio de 2024 el juez Amauri Martínez dictó auto de no ha lugar a favor de Sara María Fernández, una de las imputadas en el proceso que tiene como principal acusado al exprocurador general Jean Alain Rodríguez.
La decisión fue posteriormente ratificada por la Suprema Corte de Justicia.
El magistrado concluyó que los elementos presentados por el Ministerio Público no eran suficientes para justificar la apertura de un juicio de fondo en su contra, por lo que dispuso su exclusión del proceso.
Patrón común
Aunque las decisiones corresponden a procesos distintos y a etapas diferentes, las resoluciones judiciales contienen un elemento común: los tribunales entendieron que las pruebas del Ministerio Público no alcanzaban para sostener las acusaciones.
En algunos casos los jueces concluyeron que no existían evidencias suficientes para enviarlos a juicio; en otros, que las pruebas no permitían establecer responsabilidad penal más allá de toda duda razonable. El resultado fue que los imputados quedaron fuera de los procesos o fueron descargados de las acusaciones.
Las decisiones no implican necesariamente que los hechos investigados no ocurrieran, sino que los tribunales consideraron que las pruebas presentadas no los demostraban.
Fuente: Diario Libre